Tema A.

Marco estratégico y operativo de la coordinación INE-OPLE

card image
Avatar con texto

Te doy una cordial bienvenida a esta unidad. A través de su estudio obtendrás herramientas valiosas para tu desempeño.

En este primer tema y después de haber revisado el caso sobre Elecciones 2024: lo que está en juego para el INE, te invito a reflexionar sobre los siguientes cuestionamientos que servirán de pauta para abordar el contenido:

  • ¿Qué instrumentos normativos puedes identificar como fundamento de las decisiones que tomaron el INE y los OPLE para adaptar sus recursos y hacer frente en estas elecciones?
  • Considerando la magnitud del proceso ¿de qué forma los mecanismos institucionales de coordinación contribuyeron para actuar de manera articulada y no de forma aislada?
  • Más allá de la operación logística del proceso, ¿de qué manera el modelo de gobernanza compartida entre el INE y los OPLE se refleja en las innovaciones implementadas durante este proceso electoral?

La Reforma Político-Electoral de 2014 marcó un hito en la configuración del sistema electoral mexicano al transformar el modelo de organización de las elecciones. Entre sus principales innovaciones, otorgó al INE nuevas atribuciones para coordinar e intervenir en los procesos electorales locales, obligando además a los congresos estatales a armonizar su legislación con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

Esta reforma dio origen al SNE, conformado por una autoridad rectora nacional —el INE— y 32 organismos públicos locales electorales (OPLE), con competencias claramente distribuidas, pero bajo un esquema de coordinación y colaboración permanente. Este modelo busca garantizar altos estándares de calidad en la organización de elecciones, tanto federales como locales, fortaleciendo la imparcialidad, la legalidad y la participación ciudadana.

Consolidación de procesos colaborativos entre el INE y los OPLE

En México, el SNE está integrado por diversas autoridades electorales, agrupadas según sus funciones en tres grandes categorías: administrativas, jurisdiccionales y ministeriales. Las primeras se encargan de organizar los comicios; las segundas, de resolver controversias; y las terceras, de prevenir y sancionar los delitos en materia electoral.

Tipos de autoridades electorales en México


Lee con atención la información del siguiente esquema.

Las autoridades son garantes de la democracia, pues aseguran que las elecciones se desarrollen de manera justa y transparente, y que la voluntad popular sea respetada. Cada una ejerce sus competencias dentro del marco legal que regula el sistema electoral mexicano.

Competencias de las autoridades jurisdiccionales


Pulsa en los botones para conocer la información.

  • Resolver las controversias derivadas de las elecciones y los mecanismos de democracia participativa federales.
  • Revisar las sentencias de los tribunales locales en caso de impugnación.
  • Establecer juicios relativos al Registro Federal de electores
  • Proteger los derechos político-electorales en asuntos federales.
  • Resolver los juicios relacionados con las elecciones locales y municipales, así como los mecanismos de democracia participativa locales.
  • Proteger los derechos político-electorales en asuntos locales.

De acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE), las fiscalías especializadas en materia electoral, tanto federal como locales, son responsables de investigar, perseguir y sancionar los ilícitos relacionados con el ejercicio del voto y los procesos electorales, conforme a sus respectivas competencias.

Autoridades ministeriales


Posiciona tu cursor en los botones para conocer la información.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, con la Reforma Político-Electoral de 2014 un nuevo modelo del quehacer de las autoridades administrativas encargadas de operar los procesos electorales federales y locales.

Esta configuración también impactó la labor de los órganos jurisdiccionales de ambos órdenes de gobierno con atribuciones en materia electoral. El TEPJF dejó de lado al IFE y en su lugar creó el INE; salvaguardando la autonomía de los OPLE, al tiempo que mantuvo la existencia de autoridades judiciales federales y locales. En suma, se creó una suerte de federalismo electoral concurrente donde tareas están claramente definidas y delimitadas entre las autoridades locales y la federal que ahora se coordinan y colaboran entre sí.

La Reforma Político-Electoral de 2014 transformó de manera profunda la organización del sistema electoral, sustituyendo al IFE por el INE y estableciendo un modelo de federalismo electoral concurrente, en el cual las autoridades federales y locales comparten la responsabilidad de organizar, coordinar y supervisar los procesos electorales.

En este marco, el INE y los OPLE actúan como autoridades comiciales, compartiendo la responsabilidad de organizar y supervisar los comicios en sus respectivos ámbitos de competencia. Una autoridad comicial es aquella entidad encargada de garantizar que el proceso electoral se lleve a cabo de manera transparente, imparcial y legal, asegurando la expresión auténtica de la voluntad ciudadana a través del voto.

Entre algunas de las funciones generales de las autoridades comiciales destacan:

Funciones generales de las autoridades comiciales


Posiciona tu cursor en los botones para conocer la información.

La distribución de competencias se basa en la independencia funcional de cada autoridad; sin embargo, el INE cuenta con facultades de coordinación, supervisión e intervención en los procesos locales, a través de las figuras de asunción, atracción y delegación, autorizadas por su Consejo General.

card image
Avatar con texto

Cada estado cuenta con un Instituto Electoral Local el cual se encarga de la organización de las elecciones para designación de: Gubernaturas, Diputaciones Locales, Presidencias Municipales, integrantes de Ayuntamientos, entre otros.

A partir de la reforma electoral de 2014 el INE trabaja con los OPLE a fin de homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales locales, para garantizar altos niveles de calidad en la organización de las elecciones.


Los OPLE en México

Observa con atención la siguiente figura.





El INE funge como rector nacional del sistema electoral. Sus funciones se rigen por los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad, independencia y máxima publicidad.

Mecanismos de Coordinación Institucional

Los mecanismos de coordinación institucional entre el INE y los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) durante un Proceso Electoral Local (PEL) se establecen entre las oficinas centrales —DEA, DECEyEC, DEOE, DERFE, UTVOPL y UTSI—, los órganos desconcentrados permanentes (Juntas Locales y Distritales Ejecutivas) y los órganos desconcentrados temporales (Consejos Locales y Distritales).

Coordinación INE-OPLE


Pulsa sobre la imagen para ampliarla.

El propósito de estos mecanismos es fortalecer el trabajo colaborativo en los ámbitos estratégico, técnico y operativo, con base en el respeto a las atribuciones legales de cada instancia y en la construcción de acuerdos que garanticen la eficacia de las etapas y procedimientos electorales. Asimismo, buscan optimizar las actividades sustantivas relacionadas con la Integración de Mesas Directivas de Casilla (IMDC), la capacitación y la asistencia electoral, promoviendo que todas las áreas involucradas, desde su ámbito de competencia, fortalezcan de manera continua sus procesos institucionales, con una visión estratégica orientada al cumplimiento de los objetivos constitucionales y legales del Instituto.

En este sentido, la articulación interinstitucional entre el INE y el OPLE constituye una actividad sustantiva para la organización, desarrollo y conclusión del PEL, especialmente en lo relativo a la integración de los órganos receptores de la votación y a la capacitación y asistencia electoral. Este proceso implica generar sinergias entre las áreas facultadas e involucradas, con el fin de asegurar las condiciones necesarias para que la ciudadanía ejerza plenamente su derecho político-electoral de votar y ser votada, así como para participar en la integración de los órganos temporales electorales, como las Mesas Directivas de Casilla.

Articulación interinstitucional entre el INE y el OPLE


Pulsa sobre cada botón para conocer la información.

El personal de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas (JLE y JDE) —en especial las y los Vocales y la o el Jefe de Oficina de Seguimiento y Análisis (JOSA) de ambas Juntas — desarrollará, dentro del marco de sus atribuciones, las actividades inherentes a cada área, conforme a los procedimientos normativos y operativos vigentes durante la capacitación electoral del PEL.

Las actividades de IMDC, capacitación y asistencia electoral, vinculadas con la articulación entre el INE y el OPLE, están reguladas en el artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado B, inciso a), numerales 1, 4 y 5, y Apartado C, numerales 3 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); en correlación con los artículos 27, numeral 2; 30, numeral 1, incisos d), e) y g); 32, numeral 1, inciso a), fracciones I, IV y V; 99 y 104 de la LGIPE; así como los artículos 116 y 117 del Reglamento de Elecciones (RE).

Las actividades de vinculación entre el INE y el OPLE serán instrumentadas por la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica (DECEyEC) y la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral (DEOE), dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.

Por su parte, la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales (UTVOPL), con fundamento en el artículo 60, numeral 1, incisos c) e i) de la LGIPE, en correlación con el artículo 73, numeral 1, incisos e) y m) del Reglamento Interior del INE (RIINE), tiene entre sus atribuciones promover la coordinación entre el INE y los OPL para el desarrollo de la función electoral, así como facilitar la articulación entre las distintas áreas de ambas autoridades.

Para el cumplimiento de los objetivos, el INE, conforme a sus atribuciones, es responsable de coordinar, informar y evaluar el desarrollo de las actividades de IMDC, capacitación y asistencia electoral, en coordinación con el OPLE, articulando acciones con los niveles local y distrital a través de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales (CVOPL), así como de las comisiones competentes, como la COTSPEL (Comisión Temporal para el Seguimiento de los Procesos Electorales Locales) y la CCOE (Comisión de Capacitación y Organización Electoral), la DECEyEC, la DEOE, la UTVOPL, las JLE y las JDE.

La coordinación entre el INE y los OPLE requiere de que áreas especializadas la planeen, instrumenten y den seguimiento. Las tres instancias del INE que hacen posible esta articulación son la UTVOPL, la DECEyEC y la DEOE, cada una desde su ámbito de competencia y atribuciones.

Atribuciones de las áreas responsables


Pulsa sobre cada botón para conocer la información.

Para la realización de las tareas inherentes a la organización del PEL, la coordinación con el OPLE se establecerá de conformidad con las bases señaladas en el convenio general de coordinación y, sus anexos técnicos y financieros y, en su caso, las adendas que sean necesarias.

Los rubros que, al menos, deberán considerarse como temas de coordinación entre el INE y el OPLE, en materia de IMDC, capacitación y asistencia electoral, en el convenio general de coordinación, son los siguientes:

card image
Avatar con texto

Los costos que se generen en el marco del PEL serán cubiertos en términos de lo estipulado en el anexo financiero del convenio general de coordinación que al efecto se signe.

La consolidación de los vínculos entre el INE y los OPLE ha fortalecido la colaboración interinstitucional, permitiendo la homologación de estándares en la organización de los comicios y el fortalecimiento del principio de confianza ciudadana en las elecciones. Este modelo constituye la base del esquema de gobernanza compartida.

Ahora que conocemos cómo se articula esta colaboración, te invito a revisar el siguiente contenido, donde profundizaremos en los modelos de gobernanza compartida entre el INE y los OPLE.



¡Vamos avanzando!