El sistema de protección de los datos personales surgió como una respuesta a la creciente utilización tanto en el ámbito público como privado de los sistemas informáticos. Desde el año 2000, el Estado mexicano ha realizado esfuerzos significativos para construir un marco legal, para el manejo de los datos personales. Este proceso comenzó con la identificación de la necesidad de regulaciones específicas para proteger la privacidad de los ciudadanos frente a un entorno tecnológico en constante evolución.
En México se ha desarrollado un cuerpo de leyes y regulaciones sobre el sistema de protección de datos personales, destacando:
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El sistema mexicano de protección de datos personales nace de un proceso que se construyó a lo largo de casi dos décadas. En 2002 con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental sienta las bases del derecho a la información y, desde el ámbito gubernamental, atiende la necesidad del resguardo de los datos. En 2010 extendió esa protección al ámbito privado. Mientras que en 2017 unificó los criterios para todas las autoridades del país, incluidas las electorales.
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Reconocimiento constitucional del derecho a la protección de datos personales en México
El 20 de junio de 2007 se reformó el artículo 6º. de la Constitución y en la fracción II, se estipuló que:
“[…] La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes […]”
Con esta reforma se amplió el ámbito de aplicación de la protección de los datos personales a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, tanto a nivel federal como estatal. Con estos elementos se inició un proceso para crear un derecho independiente y con ello dotar a los mexicanos de un poder de disposición sobre sus datos personales.
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares de 2010
Su propósito fue regular el tratamiento, controlado e informado de los datos personales en posesión de individuos y entidades privadas. Con la pretensión de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas, estableció cómo los particulares debían manejar los datos personales que obtuvieran de manera lícita, basándose en una serie de principios fundamentales.
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (2017)
Antecedente
En el año de 2024, se llevó a cabo una reforma constitucional sobre el órgano garante del acceso a la información pública. Se le dotó a este organismo de facultades para promover acciones de inconstitucionalidad; y se ampliaron los sujetos obligados incluyendo a los poderes ejecutivo, legislativo, judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona, física, moral o sindicatos, o cualquier entidad pública que recibiera recursos públicos o ejerciera actos de autoridad para que atendiera el marco normativo de transparencia y acceso a la información pública, así como, de protección de datos personales.
La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados, tuvo como característica principal la protección de los datos personales de los tres niveles de gobierno del sector público. Contó con una autoridad garante, obligaciones definidas y procedimientos de revisión e inconformidad.
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La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados construyó un sistema completo con reglas, actores y mecanismos de defensa.
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El primer sistema de protección de datos personales que elaboró México en 2017 distinguió las figuras responsables, cada una con una función específica.
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